El Defensor del Pueblo urge a Interior a aplicar la ley trans para personas extranjeras
El Defensor del Pueblo ha admitido la queja que Plataforma Trans enviaba en octubre por el retraso en crear el procedimiento para adecuar la documentación de personas trans extranjeras.
El Defensor del Pueblo ha instado al Ministerio del Interior a poner en marcha el procedimiento que permita a las personas trans extranjeras modificar su documentación en España, tal y como reconoce la Ley 4/2023. La reclamación llega el 8 de enero, después de la Plataforma Trans presentara el 6 de enero un escrito reiterando su queja ante la falta de respuesta a la denuncia registrada el 3 de octubre, la cual informaba en exclusiva con La Corahe en aquel entonces. El organismo admite la queja y señala que mantiene abiertas varias actuaciones por este mismo motivo.
La reclamación de Plataforma Trans solicitaba aclarar el retraso en la elaboración de las instrucciones necesarias para que las personas trans extranjeras puedan adaptar su nombre y la mención relativa al sexo en la documentación expedida en España. El requisito señala que deben acreditar la imposibilidad legal de hacerlo en su país de origen, conforme a lo previsto en el artículo 50 de la ley. La norma fijaba un plazo de un año desde su aprobación para desarrollar este procedimiento. No obstante, ek periodo finalizó el 2 de marzo de 2024 sin su cumplimiento.
Una respuesta y ausencia de acciones
Además de acudir al Defensor del Pueblo, la federación de Mar Cambrollé, su presidenta, presentó en octubre un escrito dirigido al Ministerio del Interior. En la carta, le responsabiliza por la falta de avances, “obstaculizando” la aplicación de la ley. Hasta el momento, Interior no ha dado respuesta a esta comunicación.
En su contestación, el Defensor del Pueblo detalla algunas de las gestiones realizadas. Entre ellas, señala que la Dirección General de la Policía ha indicado que la autoridad competente para realizar la rectificación no es el organismo que expide la documentación, sino el que introduce los datos en el Registro Central de Extranjeros.
Asimismo, se ha dirigido a la Dirección General de Protección Internacional, encargada de los procedimientos que afectan a solicitantes de asilo y personas refugiadas. Uno de los principales obstáculos, según expone, es que la ley alude a una “autoridad competente” sin concretar cuál debe ser.
El Defensor del Pueblo añade que tiene constancia de que en Guipúzcoa ya se ha llevado a cabo una adecuación registral tras obtener el informe preceptivo del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Además, la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares ha comunicado que ese ministerio viene tramitando desde hace más de un año consultas relacionadas con esta cuestión de manera habitual y sin incidencias.
Reglamento pendiente a favor de las personas trans migrantes
La activista Mar Cambrollé explicaba a La Corahe que el reglamento pendiente es fundamental para que las personas trans migrantes puedan adecuar sus datos en los documentos oficiales del Estado español. Un derecho reconocido en la ley pero que sigue sin aplicarse por falta de desarrollo normativo.
“El incumplimiento impide disfrutar de derechos básicos y perpetúa situaciones de violencia y discriminación”, añade.
“La ley en su disposición final novena dice bien claro que desde la aprobación de la ley el Gobierno tiene un año, en este caso el Ministerio del Interior, para desarrollar una reglamentación que haga posible que las personas transmigrantes puedan adecuar sus datos en los documentos administrativos… No ha pasado un año, vamos ya a cerca de tres años, y aún este reglamento no ha estado presente”.
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