Todos los países de la UE deberán reconocer un matrimonio homosexual
La justicia europea ha establecido que un matrimonio homosexual contraído en otro Estado miembro deberá ser reconocido por igual, o se consideraría una vulneración de la libertad de movimiento y residencia.
Aún hay países de la Unión Europea que deniegan el matrimonio igualitario en el colectivo LGBTIQ+. Para estos casos, una nueva esperanza: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este martes 25 sobre el reconocimiento legal de un matrimonio homosexual contraído en otro país de la Unión Europea.
Todo Estado miembro deberá respetarlo en este caso, recoja o no su ordenamiento jurídico nacional este derecho. Cualquier negación y ruptura de esta ordenanza se consideraría vulneración de la libertad de movimiento y residencia de la pareja afectada, así como una oposición al derecho fundamental de la vida privada y familiar.
Polonia y su negativa al trámite
La sentencia llega después del caso de Polonia, donde el matrimonio homosexual no está reconocido y cuyo Registro Civil denegó la transcripción del certificado de dos hombres casados en Alemania. Se trata de dos ciudadanos polacos, aunque uno de ellos cuenta también con nacionalidad alemana. Casados Berlín en 2018, solicitaron la transcripción del certificado de matrimonio en el Registro Civil de Polonia. Las autoridades competentes denegaron la solicitud, que llegó al Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo polaco. Finalmente, el Tribunal de Justicia Europeo intervino con esta normativa.
La Justicia europea reconoce que la legislación relativa al matrimonio se trata de una competencia nacional. Sin embargo, el ejercicio de esta competencia por parte de un Estado miembro también conlleva al respeto legal del Derecho europeo. ¿Y qué establece dicho derecho? La libre elección a llevar “una vida familiar normal” en el caso de los ciudadanos europeos. Esto conlleva a su libertad de circulación y de residencia por toda la Unión Europea.
También advierte el Tribunal que la negativa del reconocimiento del matrimonio establecido en otros países miembros puede conllevar a problemas administrativos y “graves inconvenientes” en la vida diaria de los civiles. Por tanto, la normativa comunitaria funciona por encima de la competencia en cada país miembro. En estas disputas legales, prevalece la normativa europea aunque el estado concreto se oponga a su funcionamiento. La sentencia abre la puerta a un mayor reconocimiento del matrimonio en parejas homosexuales, incluso en aquellos casos denegados dentro de su propio país a falta de una legislatura que promueva el matrimonio igualitario.
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